
Sebastián Godínez Rivera
Tras la reforma electoral de 1990 el Tribunal Federal Electoral (TRIFE) reemplazó al Tribunal de lo Contencioso Electoral el cual había tenido una participación desastrosa en 1988. Al igual que su antecesor, nació con un mal congénito y era que sus decisiones podían ser revisadas y modificadas por los colegios electorales; nuevamente, esta limitante se hizo presente en la nueva autoridad.
En cuanto a estructura este contaba con 4 salas regionales las cuales eran temporales porque solo se instalaban cada que había proceso electoral; esta se integraba por tres magistrados y un suplente. Además, existía una Sala Central,se integraba por 5 magistraturas propietarias y 2 suplencias.
Un dato poco conocido, pero que es recuperado por Roberto Gutierrez y Alejandro Becerra es que el 3 de octubre de 1991 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el cual se nombraba a los magistrados electorales del TRIFE. En la Sala Central se designó a Fernando Franco González como presidente y José Luis de la Peza Muñoz Cano, Cipriano Gómez Lara, Daniel Mora Fernández y Ernesto Javier Patiño Camarena como propietarios; Víctor García Moreno y Jesús Orozco Henríquez fueron suplentes.
Estos nombramientos permiten observar dos datos, el primero que al igual que en 1987 en el TRICOEL ninguna mujer fue nombrada en la autoridad jurisdiccional. Mientras que la segunda, a diferencia de su antecesor en el cual los miembros fueron electos por el poder legislativo, sin embargo, fue una decisión presidencial la que configuró la Sala Central y las Salas Regionales.
El contexto que marcó al TRIFE era similar al de su antecesor, la hegemonía priísta aún estaba lejos de volverse una predominancia, el Instituto Federal Electoral (IFE) había nacido, pero seguía siendo controlado por el gobierno y el Congreso se elegía en Colegio Electoral, por lo tanto, calificaba la elección de presidencia, senadurías y diputaciones federales. Para 1993 una reforma derogó la autocalificación de los comicios para las cámaras, lo cual marcó el fin del congreso como autoridad electoral.
En consecuencia, las sentencias del TRIFE correspondientes a senadores y diputados federales se volvieron definitivas e inatacables, lo cual dotó de fortaleza a esta institución. Para resolver los juicios en este ámbito se creó la Sala de Segunda Instancia, la cual sólo operaba cuando había proceso comicial. Los cambios en el sistema electoral mexicano, fueron acortando la influencia del gobierno en las elecciones, el mundo demandaba certeza en los comicios y que la imparcialidad se volviera una variable central de las instituciones.
Este tribunal era un Órgano Autónomo, no pertenecía a ninguno de los tres poderes sino que se asimilaba más a lo que hoy conocemos como el Instituto Nacional Electoral (INE) o la Comisión Reguladora de Energía (CRE). Esta no sería la última reforma que sufriría el tribunal, sino que habría otras, porque los tiempos de pluralidad y la aparición de nuevos actores comenzaron a desmontar al partido hegemónico. El tribunal cambiaría de nombre una vez más; y presenciaría el derrumbe del oficialismo que dio paso a la alternancia.
