
Malinalli García Ruiz
@malinalligr
«No deseo que las mujeres tengan poder sobre los hombres,
sino sobre sí mismas».
-Mary Wollstonecraft
Tan solo han transcurrido 47 años de la reforma al Artículo 4º de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, que estableció la igualdad jurídica entre hombres y mujeres, se aprobó un 14 de noviembre de 1974, siendo presidente del país Luis Echeverría Álvarez.
La lucha por la igualdad de las mujeres en el mundo se ha desarrollado desde hace milenios, después de la Revolución Francesa las ideas de libertad e igualdad permearon en distintas regiones del planeta. Una de las pioneras que alzó la voz en este sentido fue Olympe de Gouges, autora de la Declaración de los Derechos de la Mujer y de la Ciudadana en 1791.
En el siglo XX se vieron cristalizados algunos avances en esta materia en muchos países. La Organización de las Naciones Unidas encabezó diversos encuentros internacionales para fijar posturas e iniciar acciones para lograr la igualdad de las mujeres y su desarrollo.
Se llevaron a cabo las cuatro conferencias mundiales sobre la mujer, la primera tuvo como sede la Ciudad de México en 1975, la segunda se realizó en Copenhague en 1980, la tercera en Nairobi en 1985 y finalmente, la cuarta en Beijing, China en 1995.
En nuestro país desde el Primer Congreso Feminista de 1916, celebrado en Mérida, Yucatán las mujeres alzaron la voz por el reconocimiento de sus derechos, a la educación, al trabajo, a votar y a ser consideradas en igualdad de condiciones que los varones. Sin embargo, hasta 1953 les fue otorgado el derecho al sufragio universal y en 1974 se reconoció su igualdad ante la ley.
A 47 años del reconocimiento de la igualdad jurídica de las mujeres en México, sin duda han habido avances importantes, no es la misma realidad de hace casi medio siglo. El acceso y permanencia a la educación ha marcado una gran diferencia, el que las niñas tengan educación retrasa la edad de la nupcialidad y permite que decidan sobre su reproducción, cuántos hijos tener y el espaciamiento entre ellos.
En el tránsito de los siglos XX, XXI y la llegada del nuevo milenio, se comenzó a establecer que si bien la igualdad jurídica sentó las bases para el pleno desarrollo de las mujeres, ahora se debería encaminar hacia la igualdad sustantiva
Para la Organización de las Naciones Unidas, (ONU) “la igualdad de género parte del reconocimiento de que históricamente las mujeres han sido discriminadas y es necesario llevar a cabo acciones que eliminen la desigualdad y acorten las brechas entre mujeres y hombres de manera que se sienten las bases para una efectiva igualdad de género, tomando en cuenta que la desigualdad que de facto padecen las mujeres puede agravarse en función de la edad, la raza, la pertenencia étnica, la orientación sexual, el nivel socioeconómico, entre otros”.
Por su parte, el Comité para la eliminación de la discriminación contra la mujer (CEDAW), “los Estados Parte no sólo están obligados a sentar las bases legales para que exista igualdad formal entre mujeres y hombres; es necesario asegurar que haya igualdad de resultados o de facto: igualdad sustantiva”.
“Para alcanzar la igualdad sustantiva es necesario que las leyes y políticas garanticen que las mujeres tengan las mismas oportunidades que los hombres en las distintas esferas sociales y personales y exista un contexto propiciatorio para lograrlo en los hechos, es decir, implica la obligación del Estado para remover todos los obstáculos para que la igualdad se alcance en los hechos”. (CEDAW)
De los avances hacia la igualdad sustantiva en el siglo XXI, se registró en el 2011 en nuestro país la gran reforma constitucional en materia de Derechos Humanos que ha permitido adecuar el marco legal nacional para privilegiar los derechos reconocidos en tratados internacionales y optimizar el goce y ejercicio de los derechos humanos.
En materia de derechos sociales, políticos y electorales en el 2014 se llevó a cabo la reforma para reconocer la paridad como principio constitucional, que tiene como finalidad la igualdad sustantiva entre hombres y mujeres. Se reconoce a la paridad como una medida permanente y ya no compensatoria para que más mujeres accedan a puestos de decisión política.
En estos 47 años (1974-2021) se han vivido grandes logros, sin embargo, falta romper las barreras estructurales que limitan la participación plena de las mujeres en lo social, económico, político, etc. Es urgente también generar las políticas públicas y presupuestos gubernamentales necesarios para garantizar la seguridad de las mujeres en todos los espacios, en la actualidad la otra pandemia mundial es la violencia de género, los feminicidios se han convertido en una emergencia nacional.
Fuentes:
1.-El Comité para la eliminación de la discriminación contra la mujer (CEDAW) https://www.ohchr.org/SP/HRBodies/CEDAW/Pages/Introduction.aspx
2.- Conferencias | Mujeres e igualdad de género https://www.un.org/es/conferences/women